Unade las conclusiones de esta Circular tiene mucho que ver con las empresas: en ella se recuerda que las personas jurídicas -por ejemplo, una empresa o una fundación- pueden cometer también delitos de odio, y no sólo las personas físicas. Además, se dan pautas interpretativas a los fiscales a la hora de perseguir estos delitos.
ElTribunal Supremo acaba de dictar una muy importante sentencia, seguro que la primera de otras muchas que vendrán, sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas, en definitiva
Elpasado 13 de marzo entró en vigor la Ley Orgánica 1/2019, de 20 de febrero, por la que se reforma el Código Penal. Reforma que principalmente transpone diferentes directivas comunitarias y que, consecuencia de ello, ha supuesto que se incrementen las responsabilidades penales de las personas jurídicas tipificando
UnaAproximación a la Responsabilidad de los Administradores y de las Personas Jurídicas; Primera Parte. La Responsabilidad Penal de los Administradores y Directivos. El Artículo 31 Del Código Penal y Su Interpretación Jurisprudencial; El delito especial propio.La persona jurídica y el administrador.
Desdela importación en 2010 de la responsabilidad penal de las personas jurídicas a nuestro Código Penal nos enfrentamos a situaciones en que las empresas pueden ser sometidas a proceso: instrucción, juicio y eventual condena por delito de defraudación tributaria.. Las consecuencias de ello, en primer lugar, se refieren, ya
Laresponsabilidad penal de las personas jurídicas no solo ha llegado para quedarse, sino que, además, va en aumento.Los mandatos de la Unión Europea, a través de sus directivas, obligan a . 137 206 389 39 1 74 10 103

delitos que pueden cometer las personas jurídicas